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¿Qué es un convenio bilateral internacional de Seguridad Social?

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España mantiene convenios con múltiples países con el objetivo de asegurar y reforzar las prestaciones de trabajadores desplazados.

Se trata de un acuerdo que firma la Seguridad Social española con las entidades que se encargan de la protección social en otro país extracomunitario, con el fin de atender a los trabajadores que desarrollan su actividad laboral en ese Estado, y viceversa.

Países que tienen convenio bilateral con España:

Se trata de convenios que se firman con Estados fuera de la Unión Europea, dado que en el territorio de esta existen unas reglas de coordinación de los distintos sistemas de la Seguridad Social.

Hasta el momento había 24 convenios firmados, de países tan diversos como Andorra, Japón, Corea, Ecuador, Rusia, China o Túnez, por ejemplo.

Si un trabajador se desplaza a un país extracomunitario, con el cual no existe un convenio bilateral con la Seguridad Social, lo más conveniente es firmar un acuerdo especial con el sistema para mantener las cotizaciones en España.

En qué consisten estos convenios:

Con el fin de atender a los trabajadores desplazados a otro país, se establecen dos tipos de medidas:

Durante el tiempo que dura el trabajo, se establece cuál va a ser el modelo de cotización y, cuando lo precise, como se va a desarrollar el disfrute de protección del sistema.

Con posterioridad al desarrollo del trabajo, el convenio regula cómo tener en cuenta las cotizaciones realizadas en ambos países firmantes cuando se accede a los derechos a las prestaciones en uno de ellos, especialmente a la pensión de jubilación.

Principios fundamentales de los convenios bilaterales:

Hay una serie de principios que aparecen en casi todos los convenios bilaterales:

  • Principios generales aplicables en todos los supuestos.

El principio de igualdad de trato. Este es un principio que implica que el trabajador extranjero debe ser tratado de idéntica forma que el trabajador nacional, teniendo los mismos beneficios y las mismas obligaciones.

  • Principios relacionados con las cotizaciones efectuadas en otro país.

El principio de totalización de las cotizaciones. Este principio implica que se reconocen los periodos cotizados en los distintos países para usarlos para pedir prestaciones en un país firmante. De esta forma se asimilan los periodos cotizados en el extranjero y se pueden utilizar para cumplir los requisitos de períodos de carencia que se exigen en el país de residencia.

  • Principios aplicables a las prestaciones concedidas.

Principio de la exportación de las prestaciones. Muchos Convenios permiten que, aunque se deje el país donde se tiene reconocida la prestación, esta se pueda cobrar cuando se está residiendo en el otro país firmante.

Que se debe saber sobre las pensiones a través de convenios bilaterales:

Una de las implicaciones de la creciente movilidad laboral internacional, es que cada vez más trabajadores solicitan la aplicación de alguno de los convenios internacionales que en materia de pensiones mantiene la Seguridad Social española.

¿Se puede solicitar la aplicación de alguno de los convenios?

Existen dos posibilidades:

  • Haber cotizado en cualquiera de los países pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) o Suiza en los que aplican los Reglamentos Comunitarios.
  • Haber cotizado en cualquiera de los países con los que España mantiene un convenio bilateral en materia de Seguridad Social. Estos países son: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Requisitos de cotización mínima:

  • Dependerá de las particularidades del convenio en cuestión, si bien de forma general se exigirá un periodo de cotización mínimo de un año para poder solicitar la aplicación del mismo.

¿Dónde se debe solicitar la jubilación?

Se debe realizar una solicitud de jubilación, pues las administraciones de los dos países implicados se encargarán de intercambiar la información pertinente respecto a los periodos de seguro cubiertos bajo cada una de las legislaciones.

Se deberá realizar la solicitud en el país de residencia en el momento en que acaezca el hecho causante. En caso de no residir en ninguno de los dos países sobre los que se va a solicitar la aplicación del convenio, se presentará la solicitud en el último país en el que se haya realizado actividad laboral.

¿Se cobran dos pensiones?

Cada país realizará dos cálculos, y por parte de cada uno de ellos se percibirá la opción que resulte más favorable para el trabajador:

  1. Pensión teniendo solo en cuenta los periodos cotizados en ese país.
  2. Pensión teniendo en cuenta el total de periodos cotizados en ambos países. En este caso el país consideraría cotizados los periodos del otro país también, pero abonaría pensión a prorrata según los años efectivamente cotizados bajo su legislación.

¿Se deben acreditar las cotizaciones a través de alguna documentación?

La mayoría de los países, entre ellos España, guardan ficheros digitalizados sobre las cotizaciones de cada trabajador, por lo que no habría que aportar documentación más allá de la requerida en la solicitud de jubilación.

Reflexión: Si trabajas en el extranjero, debes informarte si hay algún convenio bilateral de la seguridad social con España.