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Empleabilidad: ¿Qué se debe saber de tu primer empleo o de uno nuevo?

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Antes de aceptar un empleo, debes informarte de lo más relevante del puesto de trabajo que vas a ocupar. Ya sea tu primer trabajo o uno nuevo.

Podríamos destacar como puntos importantes:

  • Conocer tu salario: Además de saber cuál va a ser tu salario base es importante que conozcas si la empresa aplica complementos salariales, unas cantidades añadidas al salario base fijadas en función de:
    - Condiciones personales del trabajador: idiomas, títulos, antigüedad, etc.
    - El trabajo realizado: los turnos de noche por lo general requieren un plus por parte de la empresa, si tu trabajo es considerado “de riesgo” también deberías cobrar más que alguien que no se expone a tantos accidentes laborales.
    - Resultados de la empresa: si la empresa consigue un porcentaje alto de beneficios o pasa del porcentaje de beneficios previstos para ese año o mes, puede premiar a sus trabajadores con primas. También existe la opción de trabajar por incentivos, la empresa te marca unos objetivos que debes conseguir para ganar más dinero.

    Es interesante también, conocer cómo vas a percibir las pagas extras. Todo trabajador tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año. Si no recibes pagas extraordinarias es porque la empresa ha decidido prorratear dichas pagas, esto quiere decir que el importe de dichas pagas se reparte en la nómina de cada mes.

    Por último, es importante que conozcas si tu salario es el adecuado. Es decir, que averigües si tu salario está dentro de las bandas salariales de mercado.
     
  • El convenio colectivo: Todo lo que necesitas saber sobre la relación entre la empresa y tú está registrado en el convenio colectivo. Éste es el resultado de negociaciones entre el empresario y los representantes de los trabajadores para determinar las obligaciones y los derechos de ambos. Los aspectos más destacados que recoge un convenio colectivo afectan a: los salarios, la jornada laboral, duración de contratos, vacaciones, promociones profesionales, planes de igualdad entre géneros o las condiciones de trabajo. Los convenios colectivos no son eternos, tienen una duración determinada acordada entre las dos partes, normalmente se revisan y actualizan cada año.
     
  • Horario y vacaciones: Lo más destacado. 
    - La jornada laboral no puede exceder las 40 horas semanales.
    - Salvo que en el convenio se especifique de otra forma, la jornada diaria no puede exceder las 8 horas de trabajo ordinario.
    - Debe haber 12 horas como mínimo entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente.
    - Los descansos semanales deben ser de un día como mínimo.

    Hay muchos aspectos que se pueden ampliar (reducciones de jornada, retribuciones extras por la naturaleza del trabajo, rotación de turnos en el caso de empresas que trabajen las 24h, y un largo etc.).

    Por norma general puedes disfrutar de 30 días de vacaciones al año, salvo lo que establezca el Convenio Colectivo. Si el contrato es de menos duración las vacaciones se calculan en función de los meses que dure el contrato, si hacemos la división salen 2,5 días por mes trabajado.
     
  • La fecha del cobro de la nómina: Cada empresa puede estipular sus propios días de cobro, los cuales suelen ser a final de mes, incluso hay quien prefiere pagar semanalmente o quincenalmente. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.
     
  • Las tareas a desempeñar: Es posible que no te lo plantees o que creas que queda bastante claro, pero en ocasiones puedes verte realizando tareas para las que no estás cualificado o no tienen nada que ver con el trabajo pactado. Es por ello que debes conocer cuáles serán tus funciones dentro de la empresa.

    Todo aquello que se añada a las tareas propias de tu trabajo, y con las que creas que no estarás de acuerdo, es conveniente hablarlo o dejarlo zanjado antes de conseguir el empleo, ya que luego, si la empresa suele funcionar de ese modo, será más difícil negarte, o al menos, puede resultarte incómodo.

Reflexión: En definitiva, cualquier duda que puedas tener, mejor trátala antes de firmar el contrato de trabajo para evitar futuros malentendidos.