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La Propiedad Intelectual e Industrial en el Metaverso

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¿Metaverso? ¿Qué es el Metaverso?

Hiro es un repartidor de pizzas en el mundo real, pero en el Metaverso lo pasa mucho mejor. ¿Metaverso? ¿Qué es el Metaverso? Es un mundo virtual cuya definición la inventó Neal Stephenson en su libro “Snow crash”, donde Hiro es el protagonista. Se trata de un libro de 1992, y como con otras novelas distópicas, entra las cuales “1984” (George Orwell, 1949: creación del Gran Hermano todopoderoso, omnipresente y controlador) y “Do androids dream electric sheeps?” (Philip K. Dick, 1968: inspiración de la película “Blade Runner”), con el paso de los años sus previsiones se han revelado bastante acertadas.

El Metaverso y sus infinitas aplicaciones en el mundo digital

Si es cierto que la pandemia ha acelerado la digitalización en varios ámbitos, como por ejemplo en la difusión del teletrabajo y en el aumento exponencial de las ventas online y de los aficionados a los Esports, también ha tenido mucho que ver con la rápida evolución del Metaverso. En el Metaverso podemos hacer de todo: negocios, entretenimiento, interacción social, se puede considerar una evolución de Internet, en el que no solo tenemos acceso, sino que “entramos” y, a través de nuestro “avatar” (otro concepto creado por el visionario Neal Stephenson en el citado libro “Snow crash”), tenemos experiencias, donde se integra el mundo real con el mundo virtual. El avatar sustituiría básicamente a nuestra foto de perfil, ya no estática sino dinámica, en tres D y con nuestros gestos y expresiones. Las interacciones entre el mundo real y el mundo virtual no pueden que aumentar, ya que los expertos dicen que en los próximos 10 años habrá un progreso tecnológico mayor comparado con los últimos 100 años: realidad virtual, realidad aumentada, inteligencia artificial, identidad digital, gafas en lugar de los Smartphones, blockchain, NFT (token no fungible, es decir certificado virtual de propiedad basado en la tecnología blockchain), Web3. Ya no solo podemos comprar ropa virtual (sin duda más sostenible de la ropa real, aunque el proceso tecnológico a la base del Metaverso no parece ser tan sostenible) para vestir nuestro avatar o para “maquillar” nuestras fotos en Instagram, así como otros productos virtuales, sino que existen influencers virtuales con millones de seguidores. Además, podemos vender y comprar obras de arte virtuales certificadas en plataformas como OpenSea y la empresa de moda Dolce&Gabbana, a través de su comunidad virtual creada en colaboración con la plataforma UNXD, ha vendido su primera colección virtual NFT de 9 piezas llamada “Genesi” por un precio de casi 6 millones de dólares.

Desde el punto legal: ¿Cómo avanza la regulación de la Propiedad Intelectual en el Metaverso?

Desde el punto de vista legal, sabemos muy bien que la regulación avanza mucho más lenta que la tecnología: vamos a ver cómo se está adaptando a este nuevo mundo la Propiedad Intelectual e Industrial, que ya lo había tenido bastante difícil con la difusión de Internet.

El problema principal sigue siendo el mismo: la territorialidad de casi todas las protecciones otorgadas por la Propiedad Intelectual e Industrial, es decir las Marcas, las Patentes y los Diseños y Modelos Industriales (sólo el Derecho de Autor hace excepción, por su protección extendida a todo el mundo desde la creación de una obra original) que se choca con la naturaleza global de Internet y, por consiguiente, del Metaverso y de sus plataformas.

Como ya en Internet, en el Metaverso los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial se consideran utilizados tanto para confirmar su validez como para ser susceptibles de violación por terceras partes. Asimismo, se empiezan a dar los primeros casos de “adaptación” de la Propiedad Intelectual e Industrial al Metaverso y las primeras disputas que se han originado en el Metaverso han tenido que ver con las Marcas.

La clasificación Niza: una clasificación internacional de productos y servicios que se aplica al registro de marcas

Primero hay que remarcar que Mark Zuckenberg ha cambiado su brand (y nombre comercial) FACEBOOK con META, y eso solo ha sido el principio. Marcas como Nike (“Nikeland”) y Balenciaga (“Afterworld”) se han lanzado en proyectos virtuales (¿se pueden todavía llamar videojuegos?), mientras que Adidas y Prada han alargado su colaboración hasta abrazar el Metaverso, la Web3 y los NFTs (“Adidas : Prada , Re-Source”). Pero, al mismo tiempo, las empresas Prada y Gucci han visto cómo a finales de 2021 terceras partes han solicitado el registro en los EEUU, sin tener algún derecho, de sus marcas PRADA y GUCCI, en relación con productos y servicios virtuales, típicamente en las clases 9, 35 y 41 de la Clasificación de Niza. Por lo tanto, para evitar disgustos parecidos, entre finales de 2021 y principios de 2022, cada vez más empresas están solicitando el registro de sus marcas en relación, entre otros, con productos y/o servicios virtuales, como por ejemplo, en la UE, Puma (“productos deportivos virtuales descargables para uso en el mundo virtual”, “servicios de entretenimiento en el mundo virtual y puesta a disposición de productos deportivos virtuales no descargables”, respectivamente en la clase 9 y 41 de la Clasificación de Niza), McDonalds’s (“productos alimenticios y para beber virtuales”, “servicios de venta online de productos alimenticios y para beber virtuales”, “servicios de entretenimiento y de restaurantes virtuales”, “servicios de restaurantes virtuales que ofrecen comidas y bebidas reales”, respectivamente en la clase 9, 35, 41 y 43 de la Clasificación de Niza), L’Oréal (“productos cosméticos virtuales descargables para uso en el mundo virtual”, “servicios de venta online de productos cosméticos virtuales”, respectivamente en la clase 9 y 35 de la Clasificación de Niza).

Por lo que concierne la lucha en contra de los productos falsificados, si gracias a la blockchain se puede trazar la cadena de distribución de los productos, la relación entre un NFT y un producto físico puede permitir averiguar la autenticidad de ese producto.

Uno de los primeros juicios en tema de marcas y productos virtuales NFT acaba de empezar en el Tribunal de Nueva York, donde Hermès ha demandado al artista Mason Rothschild por la creación y puesta en venta (en la citada plataforma OpenSea) de 100 NFTs “inspirados” al icónico bolso Birkin y llamados, claro que sí, “metabirkins”: ¿violación de derecho de marca denominativa (BIRKIN) y tridimensional (la forma del bolso Birkin) o ejercicio de libertad de expresión? Los jueces estadounidenses nos iluminarán. Es interesante notar como nada más crearse los “metabirkins” han empezado a aparecer, y a venderse rápidamente, muchas copias falsificadas de estos NFTs. 

Si empresas como Prada y Gucci no tendrán probablemente problemas para asegurarse la titularidad de sus marcas también en el mundo virtual gracias al renombre del que gozan las mismas, para las empresas emergentes el consejo es de registrar sus marcas en las categorías de productos y/o servicios virtuales también, ya que en esta dirección vamos rápido y sin vuelta atrás.  

Hiro en el Metaverso es un Samurái… ¿y tú?