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Sociedades offshore: normas tributarias y elementos financieros

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Hace unos meses os presentamos las ventajas fiscales, los requisitos y riesgos de constituir sociedades offshore. En este artículo haremos especial referencia al cumplimiento de las normas tributarias que las rigen y a los elementos financieros que las regulan.

Normas tributarias

Una sociedad offshore es una empresa que tributa en el país donde tenga estatus de residente fiscal su titular o propietario. Deberá cumplir con las disposiciones legales del lugar de constitución y también con la normativa tributaria del país de residencia fiscal. Las ganancias obtenidas con la facturación de la sociedad deberán ser siempre declaradas a efectos fiscales. Debe hacerlo el titular de dicha sociedad donde éste tenga su residencia fiscal, ya sea una persona jurídica o una persona física.

La sociedad offshore es absolutamente legal si cumple escrupulosamente con la normativa tributaria. No es legal si se orienta hacia la evasión fiscal o al ocultamiento de patrimonio. En la práctica las sociedades offshore aprovechaban la privacidad, la confidencialidad y el secreto de las jurisdicciones para ocultar la información sobre sus beneficios. Incluso llegaban a ocultar su existencia, de manera que era muy fácil establecerlas como propiedad de sociedades pantalla en las que figuraban administradores testaferros. La identidad de la persona física beneficiada por todo ese engranaje de sociedades quedaba oculta. Y nunca llegaba a desvelarse al no figurar como titular de la compañía offshore.

Legislación fiscal aplicable en España a las sociedades offshore

El Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales. El Modelo 720 sobre declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. A él se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se reguló por la OM HAP/72/2013, de 30 de enero.

El origen de este modelo está en la Ley 7/2012, de 29 de octubre de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera. Tenía como objetivo la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

En el modelo 720 no solo hay que declarar los bienes inmuebles y cuentas bancarias de las que se es titular en el extranjero. Esto incluye cualquier modificación sobre los mismos: cierre de cuentas, compra-venta de inmuebles o cualquier tipo de operación o cambio que se haya podido producir. Es decir, cualquier pérdida o ganancia obtenida por pequeña que sea.

Elementos financieros

Además de las clásicas ventajas de facilidad en el cambio de divisas y libertad de movimiento de capitales, las sociedades offshore asumen una cuota del registro anual. Sin embargo, quedan exentas del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y del Impuesto sobre actividades económicas.

No obstante, han surgido nuevos convenios firmados con Organizaciones internacionales para el control de delitos económicos. Con la nueva normativa fiscal en la Unión Europea y en Estados Unidos se han establecido medidas limitantes de los pagos en efectivo. Esto impide la evasión fiscal, ya que se ha obligado a las distintas jurisdicciones offshore a desvelar información.

Hoy en día es obligatorio en muchos casos presentar documentos contables y auditoría dependiendo del volumen de capital que gestionen las empresas. Paralelamente, en el sector bancario se han venido produciendo un considerable aumento de comisiones y gastos de apertura de cuentas y de mantenimiento. Por otro lado, el patrimonio de la persona física o jurídica que sea la responsable final titular podrá ser embargada si tiene deudas pendientes. Esto hace que ya no resulte tan ventajoso constituir este tipo de sociedades.

planificacion fiscal

Blanqueo de capitales

El blanqueo de capitales es, sin lugar a dudas, uno de los delitos más perseguidos en los últimos años por parte del Ministerio de Economía y Hacienda en España. El cobro de una herencia, percibir derechos de propiedad intelectual, seguros de vida y otras inversiones, pueden ser susceptibles de constituir una sociedad offshore. Con ello, aprovechan una jurisdicción donde la privacidad y la confidencialidad de dichos activos puede quedar cubierta.

Con las nuevas leyes de transparencia fiscal internacional, se modificó el régimen de la transparencia fiscal internacional en el Impuesto sobre Sociedades (y también en el IRPF). Se trata concretamente de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Por otro lado, existe un listado de países calificados como paraísos fiscales. En este sentido, siempre que la empresa sea residente en uno de estos territorios estará sujeta a las normas de transparencia fiscal internacional. Por tanto, la persona física o jurídica que tenga el control sobre la entidad residente en el extranjero deberá tributar por los beneficios y plusvalías obtenidas. Se considera que se tiene control cuando la participación de la persona en la entidad es igual o superior al 50% en:  el capital, los fondos propios, los resultados o los derechos de voto de la empresa.

Hoy te hemos hablado sobre las sociedades offshore. Si quieres formarte en el sector financiero y saber más sobre normas tributarias te recomendamos visitar nuestro Máster en Derecho Internacional de la Empresa.