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Cómo denunciar ante Inspección de Trabajo

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En la actualidad existen dos vías para que un trabajador pueda denunciar ante la administración la existencia de una infracción o fraude laboral: por un lado la Inspección de Trabajo y por otro, el buzón de denuncias anónimas.

El buzón de denuncias de fraude laboral es un sistema relativamente nuevo. Lo puso en marcha el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en agosto de 2013 y su creación no estuvo exenta de críticas por parte de algunos sindicatos y partidos políticos.

 

Este buzón permite que todo aquel conocedor de algún incumplimiento de la normativa ya sea laboral, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos, puede ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) a través de un formulario en internet, sin necesidad de aportar ningún tipo de dato de identificación, es decir, de forma absolutamente anónima.

La verdadera ventaja del buzón, por lo tanto, es que es totalmente anónimo. En ningún momento se tiene constancia de quién es la persona que hace la denuncia, ya que no hay que aportar ningún dato de identificación. 

Cuando se recibe en el buzón anónimo una denuncia, se analizan y clasifican los correos en estas categorías:

  • Posibles actuaciones inspectoras: estas se distribuyen provincialmente y se envían a cada Inspección para que la Jefatura lleve a cabo las comprobaciones correspondientes y determine la procedencia o no de una actuación inspectora. Si se determina el inicio de actividad inspectora se incluirá en la programación anual de la Inspección.
  • Comunicaciones para archivar: por no ser competencia de la Inspección de Trabajo o carecer completamente de fundamento.
  • Comunicaciones incompletas: falta de datos.

En ese proceso el inconveniente es que una vez enviados los datos de la denuncia, queda a decisión de la administración si inicia o no un procedimiento investigador.

La denuncia ante la Inspección de Trabajo: las denuncias que se envían a través del buzón, al final son analizadas e investigadas por la Inspección de Trabajo. La otra alternativa que existe es presentar la denuncia directamente ante la Inspección.

Una de las diferencias más importantes es que en los escritos de denuncia ante la Inspección de Trabajo, la persona que denuncia debe identificarse y firmar.  No hace falta ser un trabajador de la empresa para denunciar, ya que cualquiera puede denunciar el incumplimiento de la legislación social, pero hay que identificarse.

Esto no significa que la identidad del denunciante no esté protegida.  Según aclara la propia Inspección de Trabajo “los Inspectores y Subinspectores tienen el deber de considerar confidencial el origen de las denuncias, estando obligados a no revelar la identidad de los denunciantes a las empresas objeto de inspección”, es decir, que aunque el denunciante se haya identificado al realizar la denuncia, cuando se produzca la inspección en la empresa, no se informará al empresario sobre cuál ha sido el origen de la información que puso en marcha el proceso, ya que la Inspección, en el procedimiento sancionador actúa siempre de oficio.

Sobre el procedimiento para denunciar la infracción, también hay diferencias con el buzón de denuncias anónimas. Mientras que en el buzón la denuncia se envía de forma anónima a través de Internet, la denuncia ante la Inspección hay que presentarla por cualquiera de estos tres modos:

  • Presencialmente ante las sedes provinciales de la Inspección de Trabajo u otras administraciones públicas.
  • Por correo, adjuntando copia del DNI del denunciante que será comprobada por la Inspección.
  • A través de la web de la Inspección de trabajo, pero siempre identificándose con DNI electrónico o certificado digital.

En el buzón de denuncias anónimas, cuando la administración recibe la denuncia, la analiza y decide si es necesario iniciar o no una investigación.  Las denuncias que se presentan ante la Inspección de Trabajo siempre dan lugar a que se inicie un procedimiento.  Aunque el denunciante no será considerado como parte en la fase de investigación, siempre se le informará por escrito del resultado de la actuación inspectora.

Reflexión: ¿De tipo de denuncia sería más eficaz a efectos de actuación por parte de Inspección de trabajo.