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Conocimientos Tradicionales, Moda y Propiedad Intelectual e Industrial 

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Cómo han de tratarse los Conocimientos Tradicionales

Desde hace unos cuantos años los Conocimientos Tradicionales (CC.TT., o TK en su acrónimo inglés de Traditional Knowledge), generalmente considerados de dominio público, han ido ganando cada vez más espacio en discusiones a nivel mundial sobre cómo se tendrían que proteger de apropiaciones indebidas y usos por parte de terceros no autorizados, y también como se podría fomentar su explotación por la propia comunidad que los ha originado, evitando al mismo tiempo que desaparezcan.  

Además de las Leyes Consuetudinarias de los Pueblos Indígenas y de las Comunidades Tradicionales, las herramientas de la Propiedad Intelectual e Industrial podrían desde luego ayudar en ese sentido, tanto desde el punto de vista del Derecho de Autor como desde el punto de vista de las Patentes, los Secretos Comerciales, las Marcas, los Diseños y Modelos Industriales, las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas, y hay hasta partidarios de establecer un sistema de normas sui generis basadas en la Propiedad Intelectual e Industrial, pero específicamente adaptadas a los Conocimientos Tradicionales. 

El artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Los Derechos de los Pueblos Indígenas 

“1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales. 2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.” 

Los Conocimientos Tradicionales en el marco de la OMPI

En el marco de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), cuyas consultas sobre ese tema empezaron a finales del siglo pasado, los Conocimientos Tradicionales se definen como “sabiduría, experiencia, aptitudes y prácticas (cuerpo vivo de conocimientos) que se desarrollan, mantienen y transmiten de generación en generación en el seno de una comunidad y que a menudo forman parte de su identidad cultural y espiritual” y engloban las Expresiones Culturales Tradicionales, denominadas también “expresiones del folklore”, como “la música, la danza, el arte, los diseños, los signos y los símbolos, las interpretaciones, las ceremonias, las formas arquitectónicas, los objetos de artesanía y las narraciones o muchas otras expresiones artísticas y culturales”, es decir las formas en que se manifiesta la cultura tradicional de las comunidades indígenas y locales. En un sentido más específico, se trata del “conocimiento que produce la actividad intelectual en un contexto tradicional, e incluye la experiencia, práctica y aptitudes, así como las innovaciones” en los ámbitos más distintos. 

Hay Países donde existe una legislación sui generis para la protección de los Conocimientos Tradicionales, así como bases de datos en las que se han incluidos y catalogados con fines de preservación y salvaguardia.  

Los Conocimientos Tradicionales y la moda

Desde el punto de vista práctico, una aplicación interesante y muy actual de los Conocimientos Tradicionales se encuentra en el mundo de la Moda: la vamos a analizar a través de dos casos específicos. 

A finales del año pasado, la Secretaria de Cultura del Gobierno de México, Alejandra Frausto Guerrero, le pidió explicaciones a la diseñadora francesa Isabel Marant sobre el uso de elementos de la cultura e identidad de las comunidades purépechas de Michoacán, y otras, como San Miguel Chiconcuac y Gualupita en el Estado de México; San Bernardino Contla en Tlaxcala; la ciudad de San Luis Potosí, y Teotitlán del Valle en Oaxaca, entre otras, que aparecen en los diseños de su colección ETOILE OTOÑO-INVIERNO 2020-21, como por ejemplo la capa “gabin”, que imita la geometría y proporciones de los sarapes y jorongos mexicanos. 

“(…) En la colección ETOILE OTOÑO-INVIERNO 2020-21 aparecen diseños pertenecientes a la cultura purépecha de Michoacán. Algunos símbolos que usted tomó tienen un profundo significado para esta cultura, cuyo idioma no tiene ningún parentesco lingüístico con ninguna otra lengua del mundo. Esta simbología es muy antigua y se ha conservado gracias a la memoria de los artesanos. (…) solicito a usted, Sra. Isabel Marant, que explique públicamente con qué fundamentos privatiza una propiedad colectiva, haciendo uso de elementos culturales cuyo origen está plenamente documentado, y cómo su utilización retribuye beneficios a las comunidades creadoras. Se trata de un principio de consideración ética que, local y globalmente, nos obliga a hacer un llamado de atención y poner en la mesa de la discusión pública un tema impostergable: proteger los derechos de los que históricamente se han invisibilizado.” 

No se trataba del primer caso de apropiación de elementos tradicionales textiles mexicanos por parte de la diseñadora de moda francesa Isabel Marant: ya había pasado en 2015, cuando en la colección ETOILE PRIMAVERA-VERANO, se incorporaron diseños de las mujeres mixes de Santa María Tlahuitoltepec, Oaxaca. 

A los pocos días desde la carta de la Secretaria de Cultura mexicana, Isabel Marant envió sus disculpas quedando a disposición para considerar acciones conjuntas

El 15 de noviembre de 2020 tuvo lugar una primera reunión virtual de diálogo entre la Secretaria de Cultura del gobierno de México e Isabel Marant, en la que se propuso una ruta de trabajo en favor de los derechos colectivos de las comunidades indígenas, respecto al tema de moda ética. 

De esta manera México se pone a la vanguardia del debate global de apropiación cultural, con la finalidad de diseñar una propuesta de instrumento jurídico vinculante que permita proteger a nivel internacional la Propiedad Intelectual e Industrial de los Conocimientos Tradicionales de las comunidades indígenas. 

En un caso aún más reciente, a principios de este año, el Gobierno de Bali ha firmado un acuerdo con la maison de moda francesa Christian Dior con la finalidad de empoderar las pequeñas y medianas empresas locales de Bali

Se le permitirá a la maison Dior utilizar los productos tradicionales textiles balines kain endek bajo la condición de que los produzcan artesanos locales balines y que se especifique que se trata de una Indicación Geográfica de Bali. 

La esperanza es que no se trate de ejemplos aislados sino de una aplicación constante y adaptada de los principios de la Propiedad Intelectual e Industrial al mundo de los Conocimientos Tradicionales, que garantice el respecto de los derechos de las comunidades indígenas y al mismo tiempo ayude el desarrollo de sus economías.